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Los Estatutos de la FCA PDF Imprimir E-Mail
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Los Estatutos de la FCA
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Como parte de la política de transparencia que encabeza nuestro Movimiento, hemos considerado importante dar a conocer todas las normas legales que gobiernan el quehacer de la Federación Central de Ajedrez.

Infortunadamente, el único cuerpo de leyes que tiene dicha organización es el Estatuto Constitutivo. Siendo así, se presentan una serie de vacíos, que pretendemos remediar durante nuestra Administración, si la Asamblea nos distingue con esa posibilidad.

Pero al menos damos a conocer a continuación el texto transcrito de dicho Estatuto, para que todos los ajedrecistas sepamos a qué atenernos en aspectos jurídicos.
 
 
Acta Constitutiva de la FEDERACION CENTRAL DE AJEDREZ.
                Constituida el día 6 de noviembre a las 19:00 horas.
REGISTRO PÚBLICO – REGISTRO DE ASOCIACIONES

Asamblea General Constitutiva  de la Federación Central de Ajedrez celebrada en San José el seis de noviembre del dos mil a las 19:00 horas. Se encuentran presentes las siguientes personas en calidad de delegados. Por la Asociación Herediana de Ajedrez: Fernando Villegas Alfaro, mayor, casado, profesor, vecino de Heredia, cédula cuatro guión cero noventa guión novecientos seis. Germán Adolfo Amador Amador, mayor, soltero, empresario, vecino de San José, cédula de residente: cuatrocientos veinte-ciento uno-setecientos treinta y tres-veinticuatro setenta y ocho; Jorge Campos Cerdas, mayor, divorciado una vez, bibliotecólogo, vecino de Santa Bárbara de Heredia, cédula: cinco guión siento sesenta y siete guión cero sesenta y cinco. Mario Campos García, mayor, casado, comerciante, vecino del centro de San José, cédula: seis-ciento cincuenta y ocho-seiscientos sesenta y seis. Hubert Hernán Bolaños Sánchez, mayor, soltero, ingeniero civil, vecino de Zarcero, cédula: dos-cuatrocientos veinte-ciento noventa y tres. Por la Asociación Deportiva de empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social ASODEPO: Alfredo Salas Campos, mayor, casado, profesor, vecino de Cedros, cédula: nueve-cero catorce-ochocientos treinta y ocho. Rafael Ángel Dinarte Guido, mayor, soltero, oficinista, vecino de Alajuela, cédula: tres-ciento sesenta y ocho-seiscientos ochenta y ocho. Ronald Martín Ugalde García, mayor, soltero, comerciante, vecino de Alajuela, cédula: seis-ciento sesenta y siete-doscientos veinticuatro.  Álvaro Navarro Braudigan, mayor, casado, diseñador, vecino de Cartago, cédula: tres-doscientos sesenta y seis-seiscientos cuarenta y cuatro. Yojairo Rodríguez Alfaro, mayor, soltero, técnico, vecino de San José, cédula: once guión cero treinta guión novecientos dieciséis.  Acuerdan constituir una Federación que se regirá por la ley de Asociaciones número doscientos dieciocho del ocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve y sus reformas, que en el marco jurídico norman a la asociación por los reglamentos internos y por los siguientes estatutos:

ARTÍCULO PRIMERO: La asociación se denominará: Federación Central de Ajedrez y por su naturaleza será de duración indefinida.

ARTICULO SEGUNDO:
  El domicilio de la federación será en la provincia de San José, cantón central, distrito Catedral, calle once, avenidas seis y ocho, casa seiscientos cincuenta y cuatro.


Modificado el ( s醔ado, 28 de junio de 2008 )
 
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